1. Aplica para los contribuyentes que hayan obtenido ingresos iguales o menores a los S/9’890,000 (2,300 UIT) durante el 2020 y cuyo domicilio fiscal -al 27.01.2020- se haya ubicado en alguno de los departamentos con alerta muy alta o extrema.
2. Las facilidades consisten en poder presentar la DJ de enero 2021 dentro del plazo de vencimiento de la DJ de febrero 2021; y lo mismo sucede con la fecha máxima de atraso de los registros de ventas y de compras.
3. Las facilidades no aplican para los contribuyentes que se hayan beneficiado de la RS 51-2019 (facilidades tributarias para las zonas declaradas en emergencia por desastres naturales).