Mediante el Informe 28-2021-SUNAT/7T0000 la SUNAT da respuesta a la siguiente consulta:
«Se consulta si en un procedimiento de fiscalización parcial la administración tributaria puede requerir información o documentación tributaria vinculada a un elemento o aspecto no fiscalizado, relacionada con hechos que tengan incidencia en la determinación de la obligación tributaria del elemento y/o aspecto que sí es materia de dicho procedimiento.»
La conclusión de la SUNAT es la siguiente:
«En virtud de la facultad de fiscalización prevista en el Código Tributario, tratándose del procedimiento de fiscalización parcial, la SUNAT puede requerir diversa información y/o documentación tributaria vinculada a un elemento o aspecto no fiscalizado que esté relacionada con hechos que tengan incidencia en el elemento y/o aspecto que sí es materia de dicha fiscalización.»
Para acceder al Informe completo dale click aquí:
https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2021/informe-oficios/i028-2021-7T0000.pdf