Reglamentan el Régimen Especial de Depreciación del DL 1488

Mediante el DS 271-2021-EF se reglamentó el «Régimen excepcional de depreciación de edificios y construcciones» del DL 1488 (publicado el 10.5.2020 y modificado el 31.12.2020) aplicable a los contribuyentes del Régimen General de IR.

El punto más importante del citado DS es el procedimiento para determinar el porcentaje de «avance de obra» de construcciones que, sin estar finalizadas al 31.12.2022, se utilicen para generar rentas gravadas.

Porcentaje de avance de obra = Costo incurrido hasta el 31.12.2022 en la construcción de los bienes objeto del Régimen Especial / Costo total estimado del proyecto hasta la obtención de la conformidad de obra o el documento establecido en el párrafo 4.2 del artículo 4 x 100


De requerir orientación, por favor comunicarse al 937-753-222 / 344-7742 o enviarnos un correo a administracion@gya.pe