Hoy vence el plazo para que los empleadores se adecúen a la nueva normativa del Teletrabajo

¿QUÉ ALTERNATIVAS DEL TELETRABAJO EXISTEN?

TOTAL Labores no presenciales salvo eventualidades o excepcionesPARCIAL Labores presenciales y no presenciales. Se debe especificar la distribución de la jornada en el contrato de trabajo o en el acuerdo de cambio de modalidad
PERMANENTE No se establece un plazoTEMPORAL Se establece un plazo de inicio y de término
NACIONALEXTRANJERO Se deben cumplir con las normas laborales, tributarias y migratorias de cada país

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL TELETRABAJO

  • Solicitud del trabajador (digital o presencial)
  • Evaluación del empleador
  • Respuesta del empleador:

Si la respuesta es negativa, el empleador debe sustentar en base a criterios objetivos y razonables.

Si el empleador no responde dentro de los 10 días hábiles siguientes. la solicitud se entiende por aprobada

CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO / ACUERDO

  • Obligaciones del empleador (público o privado)
  • Derechos y obligaciones del teletrabajador
  • Ajustes razonables (personal con discapacidad)
  • Medidas:

De protección contra el Hostigamiento Sexual en el trabajo

De Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)

De Seguridad y Confidencialidad

De Seguridad y periodicidad de mantenimiento de equipos digitales

¿QUÉ SUCEDE SI EL TRABAJADOR PROVEE LOS EQUIPOS DIGITALES Y/O LOS SERVICIOS?

Salvo pacto en contrario, los gastos deben ser compensados por el empleador:

Equipos

En función del valor del bien (valor de mercado)

Servicios (internet y electricidad)

De acuerdo a las tablas referenciales del Reglamento

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST)

El empleador debe:

  • Identificar los peligros
  • Evaluar los riesgos
  • Actuar frente a los accidentes de trabajo

El teletrabajador debe:

  • Completar el formulario de autoevaluación

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