Las Entidades Financieras empezarán a compartir tu información con la SUNAT a partir de agosto

¿Qué debes saber al respecto?

  1. Se reportarán los saldos y los rendimientos depositados en las cuentas.
  2. Se reportarán cuando sean iguales o superiores a las 7 UIT (S/30,800 para el 2021).
  3. Las Entidades Financieras deberán compartir la información a la SUNAT mediante el «Servicio Seguro de Recepción de Información Financiera» el cual estará habilitado en SUNAT Virtual a partir del 01.08.2021. Sin perjuicio de ello, la información a compartir será la disponible a partir de enero 2021.

Recomendación:

Con esta información, la SUNAT tendrá mayores elementos para iniciar procedimientos de «incremento patrimonial no justificado» por lo que debemos conservar toda la documentación que nos permita acreditar que el dinero que ingresó y salió de nuestras cuentas proviene de fuentes lícitas y que se pagaron los impuestos correspondientes, de aplicar.


De requerir orientación, por favor comunicarse al 344-7742 / 924-751-985 o enviarnos un correo a administracion@gya.pe