El día de hoy (18.11.2020) se publicó la Ley No. 31068 a través de la cual se aprobó el retiro de los fondos de las AFP. Al respecto, dejo algunos comentarios:
1. Aquellos que hasta el 31.10.2020 no tuvieron aportes en su cuenta individual de capitalización por al menos doce meses consecutivos, pueden solicitar el retiro de hasta S/17,200 (4 UIT).
2. Aquellos que no tuvieron aportes en octubre de 2020, pero no cumplen con el plazo de los 12 meses del punto anterior, pueden retirar hasta S/4,300 (1 UIT).
3. Este retiro excepcional no aplica para aquellos que puedan acogerse al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo.
4. La aplicación de la Ley está supeditada a la publicación de su reglamento, lo cual deberá hacerse en una plazo máximo de 15 días calendario por la SBS.
5. Las solicitudes podrán presentarse en un plazo de 90 días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia del reglamento.
6. Las AFP abonarán los fondos hasta en tres partes, salvo aplique la excepción por motivos de salud, en donde los fondos se abonará en una sola operación.